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Institucional » Reseña histórica

Entidad Mutualista fundada el seis de mayo de 1922, con asiento en la ciudad de Santa Fe, capital de la provincia del mismo nombre con la denominación de CAJA MUTUAL DE POLICIA, cuyos estatutos fueron reformados el 19 de octubre de 1926 y aprobados por el gobierno de la provincia el 29 del mismo mes y año.

PERSONERIA JURIDICA: Decretos del Superior Gobierno de la Provincia de Santa Fe: Santa Fe, 21 de junio de 1922. Vistos: Con lo dictaminado por el Sr. Fiscal de Estado y atento a la conformidad manifestada por dicho funcionario, se resuelve: Aprobar los Estatutos que se acompañan, de la Sociedad Caja Mutual de Policía de la ciudad de Santa Fe, reconociéndose a la Asociación de referencia en el carácter de persona jurídica con los derechos y prerrogativas que las leyes acuerdan a las de su clase. Inscríbase, dése copia al R.O. y al Boletín, expídase testimonio a la Sociedad interesada, a la que se exonera del sellado y archívese. Firmado: MOSCA - Ing. J. Costa.

Santa Fe, Octubre 29 de 1926. Expediente N° 6179, Letra S, Libro 24. Visto: Con lo dictaminado por el Señor Fiscal de Estado y atento a la conformidad manifestada por dicho funcionario, se resuelve: Aprobar las reformas introducidas en los Estatutos de la Sociedad Caja Mutual de Policía de Santa Fe, confirmándosele a la expresada Sociedad en el carácter de persona jurídica con los derechos y prerrogativas que las leyes acuerdan a las de su clase. Inscríbase, dése copia al Registro y Boletín Oficial, expídase testimonio a la expresada Sociedad y archívese. Firmado: ALDAO - Héctor S. López.

Decreto N° 10.117. Santa Fe, 23 de Septiembre de 1948. Vista: La gestión que antecede (Exte. N°1804, Letra S, Libro 1°) atento a lo informado por la Inspección de Sociedades Jurídicas y lo dictaminado por el Señor Fiscal de Estado, EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA, DECRETA: Art. 1°) Aprobar las reformas introducidas en los Estatutos de la Sociedad Caja Mutual de Policía con asiento legal en esta ciudad, confirmándosela en el carácter de persona jurídica con los derechos y prerrogativas que las leyes acuerdan a las de su clase. Art 2°) Inscríbase, hágase saber, dése copia al Registro y Boletín Oficial, expídase testimonio a la Sociedad interesada si lo solicitare y archívese. Firmado: SUAREZ - A. Dumont.

Decreto N° 10.177. Santa Fe, 4 de agosto de 1951. Vista la presente gestión (Exte. N°2045, Letra S, Libro 4), atento lo dictaminado por el Señor Fiscal de Estado, el GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DECRETA: Art. 1°) Aprobar las reformas introducidas en los Estatutos de la Sociedad Caja Mutual de Policía de Santa Fe, con asiento legal en esta ciudad, confirmándosela en el carácter de persona jurídica con los derechos y prerrogativas que las leyes acuerdan a las de su clase. Art.2°) Inscríbase, hágase saber, dése en copia al Registro y Boletín Oficial, expídase testimonio a la Sociedad interesada si lo solicitare y archívese. (Fdo.): Raúl N. Rapela.

Decreto N° 10.177. Santa Fe, 4 de agosto de 1951. Vista la presente gestión (Exte. N°2045, Letra S, Libro 4), atento lo dictaminado por el Señor Fiscal de Estado, el GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DECRETA: Art. 1°) Aprobar las reformas introducidas en los Estatutos de la Sociedad Caja Mutual de Policía de Santa Fe, con asiento legal en esta ciudad, confirmándosela en el carácter de persona jurídica con los derechos y prerrogativas que las leyes acuerdan a las de su clase. Art.2°) Inscríbase, hágase saber, dése en copia al Registro y Boletín Oficial, expídase testimonio a la Sociedad interesada si lo solicitare y archívese. (Fdo.): Raúl N. Rapela.

Decreto N° 7659. Santa Fe, 9 de Septiembre de 1954. Visto: La gestión que antecede (Exte. N° 1497 de 1954) Ministerio de Gobierno, Justicia y Culto, Atento: a lo informado por la Inspección de Sociedades y lo dictaminado por el Señor Fiscal de Estado, el GOBERNADOR DE LA PROVINCIA, Decreta: Art. 1°) Aprobar las reformas introducidas en los Estatutos de la Caja Mutual de Policía de Santa Fe con domicilio legal en esta ciudad, confirmándosela en el carácter de persona jurídica con los derechos y prerrogativas que las leyes acuerdan a las de su clase. Art. 2°) Comuníquese, publíquese, dése al R.O. y archívese. Firmado Carcamo; Agustín Basso.

Resolución Nº 446 del Instituto Nacional de Acción Mutual. Buenos Aires, 27 de agosto de 1974. El Interventor del Instituto Nacional de Acción Mutual resuelve: Art. 1º) Apruébase el Estatuto Social de la ASOCIACION MUTUAL DE POLICIA, de la ciudad de Santa Fe, Provincia de Santa Fe, por la Asamblea del 27 de diciembre de 1973. Art. 2º) Regístrese, comuníquese a la entidad, tome conocimiento el Registro Nacional de Mutualidades y archívese. C.P.N. Daniel A. Peterlini.

Resolución Nº 179 del Instituto Nacional de Acción Mutual. Buenos Aires, 11 de mayo de 1992. El Presidente del Instituto Nacional de Acción Mutual resuelve: Art.1º) Aprobar las modificaciones introducidas al Estatuto Social de la MUTUAL DEL CIRCULO POLICIAL DE OFICIALES DE LA POLICIA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE, de la ciudad de Santa Fe, provincia del mismo nombre, tratado en la asamblea del 10 de noviembre de 1989. Art. 2º) Regístrese, comuníquese a la entidad, tome conocimiento el Registro Nacional de Mutualidades y archívese. Dr. José Luis Gómez Centurión.

Resolución Nº 368 del Instituto Nacional de Acción Mutual. En Buenos Aires, a los 2 días del mes de mayo de mil novecientos noventa y seis, se inscribe en el libro número 178 de protocolos de Estatutos y Reformas, del folio, 321, al folio, 332. Apruébanse las modificaciones introducidas a los artículos 1º, 7º, 18º del Estatuto Social de la entidad CIRCULO POLICIAL DE OFICIALES - ASOCIACION MUTUAL POLICIA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE, de la ciudad de Santa Fe, provincia del mismo nombre, cuyo texto fue aprobado por Resolución de este Organismo Nº 368 del 01 de abril de 1996, en la forma obrante de fojas, 515/516 tratado en la Asamblea del 29 de septiembre de 1995. Dr. Marcelo Oscar Collomb.-